Código de Ética del Criador

CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS CRIADORES

1) No criar cualquier perra antes de la edad de dieciocho (18) meses o después de la edad de ocho años. Además tendré la perra hip radiografiado y estar seguro de que está en busca de enfermedades y trastornos hereditarios conocidos y reconocibles. 

2) 
Utilizar sólo a los sementales que han cumplido la edad mínima de un año (1), han sido convenientemente radiografiado de la cadera y se han mostrado apropiadamente para enfermedades y trastornos hereditarios conocidos y reconocibles. 

3) 
Nunca vender o dar cualquier cachorro o perro a tiendas de mascotas en consignación.

4) 
Nunca colocar un cachorro en venta hasta que haya alcanzado la edad de no menos de 8 semanas a partir de la fecha de nacimiento.

5) 
Nunca ofrezca alguno de mis perros o los perros que soy responsable, a cualquier forma de remate o rifa.

6) 
Vender o colocar cualquier perro con un contrato escrito que requerirán las siguientes cláusulas: 
  • Todas las mascotas o perros de compañía de calidad serán vendidos o entregados en un acuerdo de esterilización / castración. 
  • Los contratos deberán contener un derecho de tanteo por lo que si el propietario ya no puede mantener el perro o yo la retiraremos o ayudar a encontrar un hogar adecuado. 
  • Los contratos incluirán una garantía de salud, que cubrirá el perro a dar un mínimo de treinta (30) días. 
7) Entiendo que estoy suspendido automáticamente del Club por cualquier violación de sus reglas por un período de un año.

8) 
Entender que la CSPM tiene el derecho a suspender temporalmente mi pertenencia a la organización en espera del resultado final de cualquier juicio o vista penal, civil o FCM.

9) 
Nos comprometemos a que todo anuncio de cachorros y perros adultos, escrita u oral, será objetiva y honesta en el fondo y entendida.

10) 
Declarar que, si alguno de mis crías muere por cualquier razón antes de la edad de nueve (9) años de edad, estoy firmemente comprometido a realizarle una prueba de Congo Rojo que se realiza para detectar la presencia de amiloidosis.

11) Voy a ofrecer aún más los resultados de estas pruebas a solicitud de cualquier miembro que tenga un interés legítimo en las líneas del perro, que puede ser, pero no limitado a: 
Tener la perra o poseer o haber sido propietario de una perra de raza de perro. 
Tener desde la primera o segunda generación de ése perro o perra. 
Estar directamente involucrado en la obtención de pruebas en Amylodosis de FSF, SHS o trastornos relacionados para cualquier investigación que se llevó a cabo.
 
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